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¿Qué hacer cuando alguien fallece?
EN CASO DE FALLECIMIENTO EN HOSPITAL
- El hospital entrega el acta de defunción a los parientes.
- Los parientes retiran el cuerpo mediante los servicios de Funeraria La Piedad o la funeraria de su elección.
- Se dan los servicios fúnebres.
- Se procede a sepultar a la persona en el Camposanto La Piedad más cercano a usted o en algún cementerio de su elección.
EN CASO DE QUE LA PERSONA HAYA MUERTO POR ENFERMEDAD DOCUMENTADA FUERA DEL HOSPITAL
- El médico de cabecera puede girar el certificado médico de defunción
- Se deben contratar los servicios fúnebres de Funeraria La Piedad o de alguna funeraria de su elección.
- Se procede a sepultar a la persona fallecida en el Camposanto La Piedad más cercano a usted o en algún cementerio de su elección.
EN CASO DE QUE LA PERSONA HAYA MUERTO POR ENFERMEDAD NO DOCUMENTADA O DE FORMA ACCIDENTAL
- Se procede a contactar a las autoridades judiciales para que el cuerpo sea “levantado” por orden de un juez.
- Generalmente el cuerpo debe ser trasladado a la medicatura forense para que las autoridades judiciales determinen la causa de la muerte.
- La autoridades judiciales entregan el cuerpo a los familiares junto con el acta de defunción.
- Se deben contratar los servicios fúnebres de Funeraria La Piedad o de alguna funeraria de su elección.
- Se procede a sepultar a la persona fallecida en el Camposanto La Piedad más cercano a usted o en algún cementerio de su elección.
Para trámite de sepelio:
- Debe presentarse el propietario del lote o beneficiario a la oficina de servicio al cliente en las oficinas de La Piedad con 6 horas de anticipación.
- Presentar documentación requerida: Copia del certificado de defunción o dictamen médico.
- La hora límite para efectuar un sepelio es a las 4:00 p.m.
- Debe cancelar el costo por los derechos de apertura o re-apertura según sea el caso y debe estar al día con la cuota de mantenimiento.
REQUISITOS PARA DAR SEPULTURA DEL CUERPO
- Se debe contar con un certificado médico de defunción o dictamen médico.
- Se debe contar con una propiedad autorizada para sepultar el cuerpo, ya sea en el Camposanto La Piedad más cercano a usted o en algún cementerio de su elección.
- Se deben contratar los servicios fúnebres de Funeraria La Piedad o de alguna funeraria de su elección.
- Se procede a sepultar a la persona fallecida
- Se debe realizar el pago del derecho de la utilización del lote o lugar donde se procederá al entierro o inhumación.
REQUISITOS PARA CREMACION DE CUERPO
- Se debe contar con un certificado médico de defunción.
- Se debe contar con un certificado de autopsia. Por ley, a todo cuerpo que vaya a ser cremado se le debe realizar una autopsia. Si el cuerpo se encuentra en la Medicatura Forense ya cuenta con autopsia y si no es así, la autopsia debe ser efectuada por un médico patólogo. Nosotros podemos brindar ese servicio.
- Permisos del Ministerio de Salud para la cremación. Nosotros brindamos este servicio.
- Se deben contratar los servicios fúnebres de Funeraria La Piedad o de alguna funeraria de su elección.
- Se procede con la cremación. (Ir a Cremación)
Definiciones
Certificado médico de defunción, certificado de muerte y o Certificado médico: Es un documento legal firmado por un médico que determina la causa de muerte y otra información acerca del difunto.
Acta de defunción, certificado de defunción: Es un acta legal que indica la fecha, lugar y causa del deceso (Registro Civil).
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