EXHUMACIÓN

SERVICIO COMPLEMENTARIO EXHUMACIÓN

Se permite hacer la extracción de los restos 5 años después de realizada la sepultura. Si le exhumación se realiza en cementerio público, primeramente se debe tramitar en servicio al cliente de La Piedad la cremación de restos, La Piedad le otorga un documento que debe presentar en el cementerio municipal para poder realizar la exhumación.

Si el trámite es en nuestros camposantos, debe ser gestionado por el dueño del lote o beneficiario con 24 horas de anticipación al día requerido.
Debe presentar cédula de la persona fallecida, cédula de la persona que tramita y certificado de defunción.

Exhumación (2)

Se permite hacer la extracción de los restos 5 años después de realizada la sepultura. Si le exhumación se realiza en cementerio público, primeramente se debe tramitar en servicio al cliente de La Piedad la cremación de restos, La Piedad le otorga un documento que debe presentar en el cementerio municipal para poder realizar la exhumación.

Si el trámite es en nuestros camposantos, debe ser gestionado por el dueño del lote o beneficiario con 24 horas de anticipación al día requerido.
Debe presentar cédula de la persona fallecida, cédula de la persona que tramita y certificado de defunción.

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